A la vista de la ejecución del Programa de Colaboración Económica Municipal Concili@ 2026 y con el objeto de adecuar el procedimiento de acceso de los usuarios al servicio, establecer los criterios para el desarrollo del programa Concili@ y garantizar una distribución de plazas ajustada a las necesidades de conciliación de las familias.
En el uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente en materia de régimen local:
RESUELVO:
PRIMERO- Aprobar los siguientes criterios de selección para el acceso de las personas usuarias del Programa Concili@:
1.Tendrán prioridad las unidades familiares en las que ambos progenitores o tutores legales que se encuentren en situación de empleo, así como las familias monoparentales en las que el progenitor o tutor legal se encuentre trabajando. Dentro de este grupo, las solicitudes se ordenarán atendiendo a los períodos vacacionales de los menores que coincidan con la duración del programa Concili@, comprendida entre el 22 de junio de 2026 y el 15 de octubre de 2026.
2.Tendrán prioridad, en segundo lugar, aquellas unidades familiares en las que únicamente uno de los progenitores o tutores legales se encuentre en situación de empleo. Dentro de este grupo, las solicitudes se ordenarán igualmente atendiendo a los períodos vacacionales de los menores que coincidan con la duración del programa Concili@, comprendida entre el 22 de junio de 2026 y el 15 de octubre de 2026. En el caso de familias monoparentales, cuando el progenitor o tutor legal se encuentre en situación de desempleo, se valorará dicha circunstancia dentro de este apartado.
3.En último lugar, para las solicitudes correspondientes a unidades familiares en las que ambos progenitores o tutores legales se encuentren en situación de desempleo, la prioridad de acceso vendrá determinada por el nivel de renta de la unidad familiar, otorgándose preferencia a aquellas con menor capacidad económica.
SEGUNDO.- Establecer como fecha límite para la presentación de la documentación requerida el día 15 de junio de 2026.
TERCERO.- En el supuesto de que, una vez resuelto el procedimiento, quedasen plazas vacantes, se abrirá un plazo de presentación de solicitudes por tiempo indefinido, permaneciendo abierto hasta la completa cobertura de las plazas disponibles, por estricto orden de presentación de solicitudes
CUARTO._ Ordenar la publicación de éste Decreto en la Sede Electronica de éste Ayuntamiento y en aquellos medios de difusión disponibles.